
Centro Sur. Social Science Journal. eISSN: 2600-5743. Julio 2021 - E. http://centrosureditorial.com/index.php/revista
En ese sentido, el Instituto Nacional de Salud (INS, 2020) propuso el documento
técnico denominado “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores
con riesgo de exposición a COVID-19”, previa opinión favorable de la Dirección
General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública (DGIESP, 2020), que
contiene lineamientos generales para la vigilancia, prevención y control de la salud de
los trabajadores con riesgo de exposición. Dicho documento fue aprobado mediante
(Resolución Ministerial N°239-2020-MINSA, 2020) con la finalidad de contribuir a la
prevención del contagio por SARS-COV2 (COVID-19) en el ámbito aboral,
posteriormente fue modificado con (Resolución Ministerial N°265-2020-MINSA, 2020)
y (Resolución Ministerial N°283-2020-MINSA, 2020) por la propia (DGIESP, 2020).
Que, habiéndose delegado al (INS, 2020) la facultad de administrar el registro del
“Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo”, en adelante
el Plan, y su fiscalización posterior, a través del Centro Nacional de Salud
Ocupacional y protección del Ambiente para la Salud (CENSOPAS, 2020), según la
(Resolución Ministerial N° 377-2020-MINSA, 2020); la (DGIESP, 2020) estimó como
necesaria la actualización del Plan y la aplicación de las medidas correctivas, motivo
por el cual aprobó con (Resolución Ministerial N°448-2020-MINSA, 2020) una versión
actualizada de los Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con
riesgo de exposición a COVID-19.
En el mes de noviembre de 2020, la (DGIESP, 2020) derogó la disposición normativa
anterior y aprobó la segunda versión del documento técnico denominándolo
“Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de
exposición a SARS-CoV-2” con (Resolucion Ministerial N°972-2020-MINSA, 2020),
debido al avance científico y a la información proporcionada por la Dirección de
Prevención y Control de Enfermedades No Transmisibles, Raras y Huérfanas
(DPCENTRH, 2020) y el Instituto Nacional de Salud (INS, 2020).
Que, la (Ley N°29783, 2011) tiene como objeto “promover una cultura de prevención
de riesgos laborales en el país. Para ello, cuenta con el deber de prevención de los
empleadores, el rol de fiscalización y control del Estado y la participación de los
trabajadores y sus organizaciones sindicales, quienes, a través del diálogo social,
velan por la promoción, difusión y cumplimiento de la normativa sobre la materia”, y
sus principios rectores son de prevención, responsabilidad, cooperación, información
y capacitación, gestión integral, atención integral de la salud, consulta y participación,
primacía de la realidad, y protección. Su Reglamento, es aprobado mediante (Decreto
Supremo N° 005-2012-TR, 2012) y posteriormente modificado en varias
oportunidades.